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Trámites para la compra-venta de motos
En esta sección te contamos los trámites que tienes que seguir para comprar o vender tu moto
Preguntas más frecuentes:
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a comprar una motocicleta?
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a vender una motocicleta?
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a comprar una moto?
Has encontrado la moto de tus sueños o la que necesitas pero ¿qué tienes que hacer para que sea tuya? Algunos consejos antes de la compra:
Antes de decidirte es recomendable que solicites un Informe del Estado del Vehículo a la DGT para asegurarte que no tiene multas pendientes ni que es robada. La información facilitada también incluye número de transferencias, historia de la ITV, defectos, número de propietarios, etc. También lo puedes conseguir aquí.
Solicita al dueño el libro de mantenimiento y las facturas de revisiones y reparaciones.
Imprescindible revisar su estado general: posibles arañazos, estado de los neumáticos, el grosor de las pastillas de freno, el estado de lo discos, si hay marcas de aceite o picotazos de piedras en la horquilla delantera, holguras en el manillar, sistema eléctrico, si tiene un buen arranque…
Para el cambio de titularidad necesitarás la siguiente documentación:
Permiso de circulación de la motocicleta, original y fotocopia.
Ficha técnica de la ITV en vigor, obligatoria si la motocicleta tiene cuatro años o tres años en el caso de un ciclomotor.
Justificante del pago del impuesto de circulación de vehículos a motor, original y fotocopia.
DNI -o CIF en caso de personas jurídicas- del vendedor y comprador o fotocopia en caso de que el vendedor no asista al cambio de titularidad. No será necesario identificar al vendedor si éste ha presentado previamente la notificación de la venta. Si el comprador o vendedor es un menor o incapacitado serán necesarios los datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúan.
Contrato de compraventa en el que figure el nombre y DNI del comprador y vendedor, los datos del vehículo -marca, modelo, matrícula y número de bastidor- el precio de venta y fecha de la operación. Se aconseja firmar por ambas partes tres copias ya que una se queda en la DGT.
Impreso de solicitud de cambio de titularidad que lo facilita la DGT. Debe ir firmado por las dos partes.
Si se trata de motocicletas procedentes de Canarias, Ceuta o Melilla es necesario certificado de Aduanas (8,20 €).
En supuestos de transferencia por fallecimiento se presentará declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo, y el impuesto de sucesiones.
A tener en cuenta:
Si has adquirido el vehículo en un compraventa, por lo general se encargará de realizar la gestión del cambio de titularidadentregándote la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre.
Si has comprado la moto a un particular, no olvides quedarte con un copia del contrato de compraventa, fotocopia delDNI del vendedor, la solicitud del cambio de titularidad del vehículo firmada por ambos y la documentación del vehículo -Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal de circulación correspondiente al año anterior al trámite de compra-venta-.
Pasos a seguir una vez que dispones de toda la documentación:
En una oficina de Hacienda de tu Comunidad Autónoma tendrás que abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620). Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal. El impuesto de transmisiones patrimoniales es el 4% del valor del vehículo según las tablas de precios de vehículos de segunda mano que manejan en Hacienda. Cuidado con declarar un valor menor al pagado ya que, además de ser un fraude, en caso de problemas con el vendedor solo podrás reclamar por el precio declarado.
Acude a la Jefatura de Tráfico, bien de tu domicilio, del domicilio del vendedor o de la provincia de matriculación del vehículo para efectuar el trámite de cambio de titularidad. El precio en 2014 es de 52,80 €, excepto para ciclomotores, que cuesta 26,40 €.
Por lo general es el comprador quien se hace cargo de pagar las tasas por cambio de titularidad en la DGT y el impuesto de transmisiones patrimoniales. El plazo es de 30 días desde la firma del contrato.
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a vender una moto?
Para realizar la venta de una motocicleta ya matriculada es necesario disponer de la siguiente documentación:
Permiso de circulación de la motocicleta, original y fotocopia.
Ficha técnica de la ITV, obligatoria si la motocicleta tiene cuatro años o tres años en el caso de un ciclomotor.
Justificante del pago del impuesto de circulación de vehículos a motor, original y fotocopia.
DNI del vendedor y comprador o fotocopia en caso de que alguna de las partes no asista al cambio de titularidad. Por lo general son el comprador o empresa de compra-venta los encargados de realizar el trámite.
Contrato de compraventa en el que figure el nombre y DNI del comprador y vendedor, los datos del vehículo -marca, modelo, matrícula y número de bastidor-, el precio de venta y fecha de la operación. Se aconseja firmar por ambas partes tres copias ya que una se queda en la DGT.
Impreso de solicitud de cambio de titularidad que lo facilita la DGT de forma gratuita. Debe ir firmado por las dos partes.
Además, si vas a vender tu motocicleta debes tener en cuenta estos consejos:
Nunca entregues tu vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa firmado o una copia del mismo (si la venta es entre particulares) o la factura con el CIF del comprador (si entregas la moto a un compraventa). En el caso de que la operación se realice con un particular también tendrá que dejarte una fotocopia de su DNI en España. Tampoco olvides indicar en el contrato de compraventa la hora y minutos de la entrega de la moto para evitar problemas de multas de tráfico o por no haber pasado la ITV.
Indica al comprador un plazo de 15 días para que te remita una copia del permiso de circulación donde venga reflejado elcambio de titularidad. Si no recibes la información acércate a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido tu motocicleta. El impreso de solicitud de notificación de venta lo puedes descargar en la web de la DGT.
Por lo general es el comprador quien se hace cargo de pagar las tasas por cambio de titularidad (52,80 €, excepto ciclomotores 26,40 € en 2014) en la DGT y el impuesto de transmisiones patrimoniales (4% del valor del vehículo según las tablas de precios de vehículos de segunda mano que manejan en Hacienda). El pago de este impuesto se realiza en Hacienda (modelo 620).
Entrega la moto y las llaves a su nuevo dueño justo cuando se efectúe el pago.
Alta y baja de motos
Cómo dar de baja o alta una motocicleta
Los trámites que tienes que realizar varían en función de si vas a dar de baja una motocicleta de forma temporal o definitiva.
Trámites para la baja temporal
Puedes optar por dar de baja tu moto de forma temporal por motivos personales, porque la has entregado en un centro de compraventa o porque te la han robado. En cualquier de estos casos tendrás que acudir a la Jefatura de Tráfico y pagar una tasa de 8,20 €. La documentación que necesitas es la siguiente:
Solicitud en impreso oficial facilitado en la DGT.
DNI del titular de la motocicleta y permiso de conducción español. En el caso de extranjeros necesitarán la tarjeta de residencia, pasaporte y Número de Identificación de Extranjeros. En el caso de menores de edad o incapacitados, los datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúan.
Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta ITV (motocicletas con 4 años o ciclomotores a partir de 3 años).
Si te han robado la moto también tendrás que presentar la denuncia de sustracción.
Si pasado un tiempo decides darla de alta nuevamente, necesitarás:
La solicitud, el pago de la tasa e identificación del interesado detallado más arriba.
Tarjeta de ITV
Acta de recuperación del vehículo si se trataba de una baja temporal por sustracción. En este caso no se abonará la tasa.
Trámites para la baja definitiva
A diferencia de lo que ocurre con turismos, furgonetas hasta 3.500 kg o vehículos de tres ruedas con cilindrada superior a 50 cc, en el caso de las motocicletas o ciclomotores no es obligatorio tramitar la baja en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), aunque sí recomendable.
Si optas por tramitar la baja definitiva en un CAT (desguace autorizado) tienes que entregar la moto junto con el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica, y firmar la solicitud de baja que te entregan allí mismo. El Centro te tendrá que facilitar el certificado de destrucción del vehículo y el justificante de la baja definitiva de la DGT, que te servirá para acreditar la situación del vehículo.
En el caso que decidas realizar el trámite de baja directamente en la Jefatura de Tráfico deberás aportar la misma documentación detallada en la baja temporal.
En ambos casos la tasa a pagar es de 8,20 € excepto si aportas el certificado de tratamiento medioambiental del vehículo o si tiene 15 o más años desde su primera matriculación en España.
Trámites para la baja definitiva por traslado de la moto a otro país
En el caso de que decidas trasladar tu moto al extranjero y por tanto darla de baja en el Registro español de vehículos tendrás que aportar:
Solicitud en impreso oficial cumplimentado.
Abonar la tasa de 8,20 € (excepto vehículos con 15 o más años desde su primera matriculación en España).
Identificación del interesado: con un documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular o, en el caso de empresas, con la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.
Documentación del vehículo: tarjeta ITV y permiso de circulación.
Si la baja es por traslado a un país fuera de la Unión Europea, también hay que aportar declaración responsable del interesado en la que conste que el vehículo no es un residuo.
En todas las opciones de baja, la existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.
Trámites para dar de alta una motocicleta para su rehabilitación
La DGT también da la opción de dar de alta un vehículo dado de baja definitiva en el Registro de Vehículos con fecha anterior al 12/02/2004 para la rehabilitación del mismo y así autorizar su vuelta a la circulación. En este caso es necesario aportar:
Solicitud en impreso oficial.
Pago de la tasa por importe de 94,80 € (26,40 € para los ciclomotores).
Identificación del interesado como se ha detallado más arriba.
Si el solicitante no es el titular del vehículo tendrá que aportar un documento acreditativo de la propiedad (contrato de compraventa, factura de compra…).
En el caso de que se trate de un vehículo adjudicado en subasta por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, el acta o certificado de adjudicación legitimará al adjudicatario para solicitar su rehabilitación.
Una vez presentada esta documentación, la Jefatura de Tráfico, si procede, dirigirá un oficio a la estación de ITV, para que someta la moto a inspección. Una vez superada la inspección, se presentarán los siguientes documentos:
Tarjeta ITV expedida para este fin.
Justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si no se presenta factura y la persona que solicita la rehabilitación es distinta del último titular.
Justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si no se presenta factura y la persona que solicita la rehabilitación es distinta del último titular.
Espero que sean útiles estos consejos sobre los trámites para la compra-venta de motos. Si quieres saber más o tienes alguna duda comenta aquí.
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Comment (1)
Gracias por la informacion, de verdad muy util y bien explicado todo !!